Necesidad de acondicionar los andenes de las estaciones
para los nuevos trenes en servicio con accesibilidad universal.
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Son numerosas las estaciones en las que efectúan parada los nuevos trenes de cercanías (CIVIA) u otros
de media distancia también nuevos, diseñados todos ellos para posibilitar un fácil acceso a las personas
con movilidad reducida, las cuales no tienen los andenes debidamente acondicionados a estos trenes.
Por tal motivo, no es posible que las personas con silla de ruedas podamos utilizarlos con plena autonomía.
He de señalar que un andén con una diferencia de altura de mas de 2 cm respecto a la plataforma extraíble
de acceso tren, o con una separación de mas de 5 cm entre el anden y dicha plataforma extraíble;
supone una seria barrera y un grave riesgo para las personas con una silla de ruedas,
aunque todo ello pueda parecer insignificante.
Por todo ello, es importante incidir en la necesidad de adecuación de los andenes de todas las estaciones
por las que circulan trenes con "accesibilidad universal", que en un futuro han de ser "todas",
tanto líneas de cercanías, como media distancia o alta Velocidad.
A continuación, se aportan unas sugerencias "económicas" para mejorar "de forma inmediata" el acceso
a los nuevos trenes con diseño universal en aquellas estaciones "sin adaptar"
en las que hacen parada. Una solución provisional hasta que se acometan las necesarias obras de reforma
que se prevén a largo plazo.
1- Los andenes que tengan una altura coincidente con los vagones accesibles para PMR, pero un hueco de mas de cinco
centímetros entre la plataforma extraíble del tren y el borde del andén; podrían acondicionarse mediante la instalación
de una banda de caucho o goma maciza de unos tres o cuatro centímetros
de grueso, debidamente asegurada en toda la longitud del anden o áreas del mismo en las que se prevea la coincidencia
de las puertas del vagón o vagones adaptados para el acceso de PMR .
2- Los andenes sin remodelar con una altura inferior respecto al piso del vagón accesible para PMR;
podrían acondicionarse provisionalmente y hasta que se realice una adecuada reforma de la estación, mediante
el recrecimiento de una parte del mismo utilizando una estructura metálica,
la cual debe tener una altura coincidente con el piso de los vagones accesibles para PMR.
En aquellos casos de pequeñas estaciones en las que ni siquiera se prevea una reforma a largo plazo,
sería favorable como mínimo, realizar el recrecimiento de una parte del anden mediante obra de fábrica
con un acceso debidamente rampeado, teniendo una altura coincidente con el piso
de los vagones accesibles para PMR. En estas estaciones en las que no se prevea una reforma ni siquiera a largo plazo,
también ha de crearse como mínimo un paso entre andenes debidamente practicable para personas con movilidad reducida.
Enrique G Blanco. Abril de 2010. (Actualizado en 2011).
Proyecto social pedagógico Abedul.
Es fundamental que todos los trayectos entre regiones y grandes ciudades cuenten con trenes dotados de
plaza y aseo para personas con silla de ruedas.
Así mismo, es necesario que conforme a las normativas de "diseño universal"; todo el material móvil
que en lo sucesivo se construya cuente con accesibilidad universal (vagones sin escalones, etc..,)
siguiendo las excelentes pautas del nuevo tren de cercanías CIVIA,
u otros similares de media distancia. Los cuales disponen de vagones adaptados a PMR con acceso
a la misma cota de andén.
Ello es un excelente modo de que las personas con silla de ruedas
podamos utilizar este transporte de forma sencilla e independiente “como cualquier ciudadano”
sin necesidad de requerir la ayuda complementaria de terceras personas para subir o bajar.
La necesidad que tienen las personas con movilidad reducida que habitan en pequeñas localidades
para hacer uso del tren, sin verse discriminados es un "Derecho". No siendo comprensible que el
Real Decreto 1544/2007 de 23 de noviembre (*) que regula
las adaptaciones de las estaciones y los plazos de ejecución, no contemple acometer reformas estructurales
en las estaciones con menos de 750 viajeros por día de media al año.
Y en ello también quedan incluidas
la red de estaciones verdes españolas (Estaciones en funcionamiento situadas en enclaves naturales de gran valor
e interés, que son aptas para el esparcimiento cultural y educativo en la naturaleza y cuyo mejor acceso para las PMR
es el ferrocarril). Las cuales en su mayoría y a excepción de algunas sitas en localidades notables, no cuentan
con ninguna adaptación ni acceso para personas con silla de ruedas.
Es preciso para esas estaciones (situadas en líneas con ancho de vía convencional) adoptar unas medidas especiales
con una mínima inversión y además en un plazo inferior a esos 8 ó 13 años que se proponen por Ley.
Medidas que garanticen la accesibilidad al tren para las personas con movilidad reducida
que habitan en estas localidades o deseamos llegar a ellas.
Dotando a las mismas, de como mínimo de un sistema móvil tipo rampa o similar que no requiera mantenimiento,
el cual manejarán los Atendos cuando con antelación se confirme la subida o bajada al tren de alguna persona
con movilidad reducida. Para lo cual dichos Atendos se desplazarán hasta la estación desde su base mas próxima.
Como opción alternativa, también podría dotarse a todos los trenes que lleven plaza adaptada para personas
con silla de ruedas, de una plataforma plegable de sencillo manejo a bordo del tren.
De modo que pueda utilizarse en cualquier estación y cualquier tipo de andén.
Así mismo, es necesario realizar un recrecimiento parcial del andén o andenes en servicio, para posibilitar
a las personas con silla de ruedas un acceso independiente a los nuevos trenes con "diseño universal"
que se están implantando en toda la red ferroviaria. Los cuales requieren que el andén
sea coincidente con el piso de los vagones accesibles.
En estas pequeñas estaciones también será precisa la adecuación de pasos peatonales entre andenes, ya sea mediante
pasarelas inferiores o superiores rampeadas, o como mínimo mediante un paso a nivel sobre las vías
debidamente instalado, con planchas antideslizantes y semáforo de aviso para el peatón.
Todo ello, que expongo como “algo necesario y fundamental"; es referido y aplicable únicamente a pequeñas estaciones
de líneas de ancho de vía convencional con escaso tráfico ferroviario, en las que paran trenes y ni siquiera
se prevé por Ley una mínima adaptación a largo plazo.
Estas necesidades básicas para las pequeñas estaciones del ámbito rural: Equipo elevador sencillo en cada estación o
incorporado en el tren, adecuación parcial de una parte del andén y paso peatonal entre andenes;
suponen una mínima inversión por estación. Todo lo cual es posible llevar a cabo sin ser considerado como
"actuaciones desproporcionadas". Dichas estaciones no deberían de quedar exentas de la posibilidad de
acceso al tren para cualquier persona con movilidad reducida.
Han sido grandes en los últimos años todos los avances realizados para la accesibilidad al ferrocarril de las personas
con silla de ruedas en lo que se refiere a las grandes ciudades y líneas de alta velocidad.
Pero es necesario también no olvidar a las pequeñas localidades del ámbito rural, puesto que se están discriminando
con gran crudeza. Es preciso dotar a estas pequeñas estaciones de soluciones sencillas.
Como viajero con discapacidad, me gustaría poder utilizar el sistema ferroviario con la misma facilidad
y posibilidades que lo hace cualquier otro ciudadano. Sin encontrarme con tener vetada toda posibilidad de acceso
a las pequeñas poblaciones rurales. A las que no puedo llegar
ni para pasar unos días vacacionales, ni de las que pueden salir las personas con silla de ruedas que allí viven.
Sin mas, ruego consideren la información y sugerencias de este documento como una mera colaboración desinteresada
a partir de mis observaciones como viajero con movilidad reducida. Todo ello deseo que contribuya positivamente
para que las personas con discapacidad que habitan en el medio rural puedan tener una mejor
calidad de vida y posibilidades de desplazamiento.
“Es una seria cuestión de Derechos Humanos”
Enrique G Blanco. Abril de 2010. (Actualizado en 2011).
Proyecto social pedagógico Abedul.
En lo que respecta a los modos de transporte de competencia estatal, el Real Decreto establece
un conjunto de medidas para la adaptación tanto de las estaciones (infraestructuras) como del material móvil
(autocares, ferrocarriles, buques y aeronaves) a las necesidades de las personas con alguna discapacidad.
De este modo, se garantiza unos niveles de igualdad de oportunidades que permitirán la materialización
práctica del principio de no discriminación.
Transporte Ferroviario. Estaciones:
- Con
- Con
(*) REAL DECRETO 1544/2007, de 23 de noviembre,
por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad
y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.
Se regulan los criterios técnicos y los plazos para que taxis, autobuses, trenes o aviones sean accesibles
a las personas con discapacidad.
- Nuevas estaciones o ya existentes que se sometan a actuaciones de transformación estructural (ampliaciones, reformas u otras modificaciones cuyo coste suponga un incremento mayor del 50% del valor de reposición), con independencia del número de viajeros: se adaptarán en un plazo no superior a dos años desde entrada en vigor. Deben cumplir las especificaciones que les afecten de acuerdo con el volumen de viajeros.
Nota de reconocimiento de la mejora de los servicios
y accesibilidad al ferrocarril para las PMR en 2010:
Es importante reconocer la labor que se está realizando para mejorar la accesibilidad a este medio de transporte. Prueba de ese esfuerzo es la adecuación de cada vez mas estaciones para convertirlas en accesibles, la adquisición de nuevos trenes (cercanías y media distancia) con "accesibilidad universal" (sin escalones y con acceso a nivel de anden). También la creación y mejora del servicio "Atendo" que cada día va ampliándose a mas estaciones de toda la red nacional. Un servicio mediante el cual, se presta asistencia (para el acceso al tren y ayuda dentro de la estación) a todas las personas con movilidad reducida (PMR) que requieren viajar, incluidas las personas de avanzada edad.
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